Régimen de Promoción de Inversiones

El pasado 22 de mayo de 2018 se publicó el Decreto Nº 143/018 que modificó el régimen de promoción de inversiones vigentes hasta ese entonces reglamentado por el Decreto Nº 002/012.

Las principales modificaciones que trae consigo el nuevo Decreto son:

Beneficiarios

Además de los contribuyentes de IRAE, el Decreto permite que accedan a los beneficios las Cooperativas.

No podrán ampararse del presente régimen las empresas de la industria tabacalera.

Inversión computable

Podrán considerarse inversiones realizadas dentro de los 6 meses anteriores al primer día del mes de presentación de la solicitud de declaratoria promocional, siempre que dichas inversiones no superen el 20% del total de la inversión elegible.

A su vez, los bienes muebles que componen la inversión promovida deberán tener un valor mínimo individual de UI 500 (quinientas Unidades Indexadas).

Las mejoras fijas en inmuebles propiedad de terceros, serán elegibles siempre que se cuente con un contrato por un plazo remanente mínimo de 5 años.

Las inversiones computables deberán ser ejecutadas a partir de la presentación del proyecto y dentro de los 5 ejercicios siguientes.

Ampliaciones

Se podrán presentar ampliaciones de proyectos promovidos por hasta un 20% de la inversión elegible, pero se requerirá un incremento de los indicadores tal que el puntaje final se mantenga.

Matriz de indicadores

Se otorga una mayor ponderación a los indicadores de generación de empleo e inversión en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).

En relación a la generación de empleo, se pasa a medir en función de la cantidad de empleo generado por lo que se deja de evaluar en función de la calidad de empleo generado. A su vez, se otorga un puntaje adicional por contratar mujeres, personas menores de 25 años, personas con discapacidad y trabajadores rurales.

En el actual régimen se puede computar por el indicador Tecnologías Limpias y por I+D+i al mismo tiempo.

El nuevo Decreto admite un margen de tolerancia del 10% respecto al puntaje obtenido en la matriz del proyecto de inversión. Dicho margen se aplica en cada ejercicio del cronograma de cumplimiento de los indicadores.

Exoneración de IRAE

En cada ejercicio, el IRAE exonerado no podrá exceder el 60% del impuesto a pagar. Para el caso de empresas nuevas (que no hayan tenido facturación en los últimos 3 ejercicios), el porcentaje será del 80%.

Incentivos para micros y pequeñas empresas

Aquellas que presenten proyectos de inversión por un total de hasta UI 3,5 millones, recibirán un 20% adicional de beneficio de IRAE (anteriormente era un 10% adicional). A su vez, se mantiene el beneficio de adicionar un ejercicio de plazo de exoneración.

En el siguiente link podrá descargar el Decreto Nº 143/018.

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